¿Qué es el CFT?
El Costo Financiero Total (CFT) es el indicador que el BCRA exige publicar a todos los bancos. Incluye la TNA (Tasa Nominal Anual) más seguros de vida, gastos de otorgamiento, gastos administrativos y cualquier otro cargo. Es la tasa que realmente pagás por el préstamo.
Datos del préstamo
La TNA es el interés "base" que publica el banco.
Cargos adicionales (opcionales)
% mensual sobre el saldo deudor.
Cobro único al inicio del préstamo.
Cargo fijo mensual de mantenimiento.
TNA rápida:
Resumen de tasas
TNA ingresada
—TEA (interés puro)
—CFT real estimado
—Composición del costo total:
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Cuota inicial
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Total a pagar
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Total intereses
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Total cargos extra
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Desglose mensual (primeros 12 meses)
| Mes | Cuota base | Interés | Seguros | Gastos | Cuota real | Saldo |
|---|
¿Cómo usar el CFT para comparar préstamos?
- El CFT es la única comparación justa: dos bancos pueden ofrecer la misma TNA pero con seguros y gastos muy distintos. El CFT incorpora todo.
- El BCRA obliga a publicarlo: todo banco y financiera debe informar el CFT antes de firmar el contrato. Si no lo informan, podés denunciarlo.
- CFT ≠ TEA: la TEA es solo el efecto compuesto de la TNA. El CFT suma además los seguros y los gastos operativos.
- Plazo más largo = mayor CFT acumulado: aunque la cuota sea menor, en un plazo más largo pagás más intereses y más seguros en total.
- Tip al negociar: muchos gastos administrativos y seguros son negociables, especialmente si tenés buen historial crediticio. Pedí siempre la "tasa bonificada".
Preguntas frecuentes
La TNA (Tasa Nominal Anual) es la tasa de interés "base", sin considerar capitalización. La TEA (Tasa Efectiva Anual) es la TNA convertida con capitalización mensual, mostrando el costo real del interés puro. El CFT suma además seguros, comisiones y gastos, siendo el verdadero costo total del crédito.
Sí, en Argentina el seguro de vida sobre saldo deudor es obligatorio en préstamos personales e hipotecarios por regulación del BCRA. El banco puede exigirte contratarlo con su aseguradora vinculada, pero vos tenés derecho a presentar tu propio seguro equivalente si es más barato.
Sí. La Ley de Defensa del Consumidor y las regulaciones del BCRA te permiten pre-cancelar parcial o totalmente un préstamo. El banco puede cobrar una comisión máxima del 2% del capital cancelado anticipadamente. Pre-cancelar reduce el capital deudor y por lo tanto los intereses futuros y los seguros sobre saldo.